El acceso a la información y el Acuerdo de Escazú en Colombia

Publicado: 3 de abril de 2025

Teniendo en cuenta que en Colombia aún no se ha ratificado el Acuerdo de Escazú, no se han proferido normas y/o cualquier otro tipo de instrumentos jurídicos que se interpreten o se identifiquen como propios de la implementación del Acuerdo. No obstante, se han identificado diferentes escenarios y mecanismos a través de los cuales se pueden evidenciar elementos relacionados con este instrumento, específicamente aquellos que tienen elementos para asegurar el derecho al acceso a la información. 

Específicamente en lo que tiene que ver con cambio climático, las normas principales que se han expedido en el país no incluyen disposiciones específicas relacionadas con la protección de defensores ni de acceso a la información como se tiene estipulado en el Acuerdo de Escazú. Estas normas contienen disposiciones generales que establecen la necesidad de contar con un sistema de información, tal y como se desarrollará a continuación:

  1. Decreto 298 de 2016; por medio del cual se estableció la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Cambio Climático: Creó la Comisión Intersectorial de Cambio Climático (CICC) y le asignó como una de sus funciones la de coordinar y definir la estrategia de monitoreo, evaluación y reporte a la implementación de la política de cambio climático.
  2. Política Nacional de Cambio Climático: Incluyó en los lineamientos de política dos componentes que pueden estar acordes con el Acuerdo de Escazú y que en caso de ser ratificado, sustentarían aún más su necesidad:

    – Información y capacidad de análisis para la toma de decisiones: de acuerdo a la política nacional de cambio climático, el diseño, seguimiento y evaluación de las medidas de adaptación y mitigación, así como de recomendaciones de política, normativa y financiación que se generen dependerá de la calidad y continuidad del conocimiento sobre las relaciones de economía- población- ecosistemas- clima que se generen. La información y la capacidad institucional y de la sociedad para contribuir con el análisis para el diseño de alternativas de mitigación y adaptación.

    – Participación: procesos de planificación de la gestión de cambio climático deben incorporar mecanismos de participación de la población más vulnerable.

    La política también incluye unas líneas instrumentales, entre las cuales se encuentra la línea “Información, ciencia, tecnología e innovación”. En dicha línea, se reconoce en la Política Nacional de Cambio Climático que la información generada por Colombia permite un análisis de mitigación de gases de efecto invernadero a nivel nacional y departamental, así como de la vulnerabilidad y el riesgo de los territorios frente al cambio climático.

    Sin embargo, se establece que, la recopilación y procesamiento de dicha información es demandante, lo que requiere de una gestión adecuada. En dicho análisis, no se incluye la necesidad de que esta información sea de fácil acceso, tanto para encontrarla como de entenderla, lo que evidentemente implica un reto para la aplicación del Acuerdo de Escazú.

  3. Ley 1931 de 2018: Estableció el Sistema Nacional de Cambio Climático – SISCLIMA, en el que se incluirá la información de cambio climático, que se aplica de manera organizada para gestionar la mitigación de gases efecto invernadero y la adaptación al cambio climático.
    Adicionalmente creó el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático – SIAC, el cuál proveerá datos e información transparente y consistente en el tiempo para la toma de decisiones relacionadas con la gestión de cambio climático. Es reconocido como un conjunto integrado de actores, políticas, procesos y tecnologías involucrados en la gestión de información ambiental del país, para facilitar la generación de conocimiento, la toma de decisiones, la educación y la participación social para el desarrollo sostenible.

SNICC

Otros sistemas de información que hacen parte del SNICC son:

  • Sistema Integrador de Información sobre Vulnerabilidad, Riesgo y Adaptación (SIIVRA): Organiza y facilita el acceso e integración de información y evidencia tendencias de datos que son necesarios para identificar la sensibilidad, capacidad adaptativa, vulnerabilidad, riesgos, adaptación e impactos por cambio climático y variabilidad climática de los territorios, para la toma de decisión por nivel sectorial y territorial​​.
  • Registro Nacional de Reducción de las Emisiones de GEI (RENARE): Gestiona la información nacional de las iniciativas de mitigación de GEI que pretenden optar a pagos por resultados o compensaciones similares consecuencia de la implementación de acciones de reducción o remoción de emisiones de GEI y de las que contribuyen al cumplimiento de las metas nacionales de cambio climático en el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).​​
  • Sistema Nacional de Inventario de Gases Efecto Invernadero (SINGEI): Organiza la medición y reporta las emisiones nacionales de todos los gases de efecto invernadero por las distintas fuentes y sumideros​​.
  • Sistema de Contabilidad de Reducción y Remoción de GEI (SCRRGEI): Es el conjunto de procesos, tecnologías, protocolos y reglas de contabilidad que determinan las emisiones, reducciones y remociones de gases efecto invernadero (GEI).​
  • Sistema de Monitoreo de Bosques y Carbono (SMByC): Es un conjunto de herramientas, procedimientos y profesionales especializados en generar información que permita conocer dónde, cuándo y por qué están sucediendo cambios en la superficie y en los contenidos de carbono de los bosques del país.
  • Herramienta para la Acción Climática (HaC): Es el instrumento que apoya la gestión del cambio climático en el marco de la PNC​C y que permite conocer información relacionada con el cambio climático y sus efectos en las siguientes escalas territoriales:  país, departamento, municipio y nodo de cambio climático.
  • Inventario Forestal Nacional (IFN): Se define como la operación estadística que, mediante procesos, metodologías, protocolos y herramientas, realiza el acopio, almacenamiento, análisis y difusión de datos cuantitativos y cualitativos que permiten conocer el estado actual y la composición de los bosques del país y sus cambios en el tiempo​.
  • Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF): Es el conjunto de procesos, metodologías, protocolos y herramientas para integrar y estandarizar la captura, almacenamiento, análisis, procesamiento, difusión, manejo, verificación y consulta de datos, bases de datos, estadísticas y material documental, con el fin de garantizar el flujo eficiente, oportuno y de calidad de la información.

En el marco de la estructuración del litigio climático en Colombia, elevamos una consulta ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en ella indagamos el estado actual de los sistemas de información que se han creado como parte del Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático (SNICC) se informó que, algunos de estos sistemas se encuentran en desarrollo, como por ejemplo el Sistema Integrador de Información sobre Vulnerabilidad, Riesgo y Adaptación (SIIVRA); el cual se encuentra actualmente en fase de desarrollo e incluye indicadores de proceso e impacto para diferentes niveles de acción (operativo, táctico y estratégico). 

Adicionalmente, el MADS indicó que no todos tienen herramientas tecnológicas para ser consultados, lo que se puede interpretar como una limitante al acceso a la información. En todo caso, estos elementos, sistemas de información y su correcta aplicación van a permitir que el Acuerdo de Escazú se implemente de una mejor forma. 

Otro elemento relevante mencionado por el MADS es la Estrategia de Participación y Comunicaciones en el proceso de actualización de la NDC. De acuerdo a lo indicado por el MADS, se recogieron diferentes insumos que fueron revisados por la CICC y equipos sectoriales, de los cuales se incluyeron algunas recomendaciones para el documento final de la NDC 2020. Al respecto, se destacó la necesidad de fortalecer y transversalizar el enfoque étnico, de género y de derechos humanos en el marco de la NDC; lo que igualmente podría considerarse como un avance en la inclusión de elementos del Acuerdo de Escazú en las decisiones relacionadas con Cambio Climático en Colombia.

Por otro lado, la ANLA, en su audiencia de rendición de cuentas del año 2022-2023 celebrada el 17 de octubre de 2023, informó al público que creó un grupo Ad Hoc con el fin de determinar las acciones a seguir para aplicar el Acuerdo de Escazú una vez este se ratificado.